Recuerda que en el Perú existe una Constitución Política que dice:
TÍTULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD Capítulo I Derechos fundamentales de la persona
Artículo 2.-Toda persona tiene derecho:[...]
[...]
- 9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salgo vlagrante delito o muy grave peligro de su perpetración. Las excepciones por motivo de sanidad o grave rieso son reguladas por la ley.
- [...]
- 11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
- [...]
- 15. A trabajar libremente, con sujeción a ley.
- [...]
- 18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquier otra índole, así como a guardarel secreto profesional.
Así que, si tienes una copia de la Constitución, es recomendable que la tengas a la mano este domingo, cuando corras el riesgo a que violen tus derechos.
No te olvides, este domingo, cuando te levantes en la mañana, tienes derecho a salir a comprar el periódico. Si vendes periódicos en un kiosko, tienes derecho a ir a tu kiosko a vender periódicos. Tienes derecho a ir a almorzar o a servir comida en un restaurant. Tienes derecho a no dejar entrar a nadie a tu casa y a quedarte callado cuando te pregunten tu religión. Tienes derecho a responder que eres de la religión Pastafari, también.
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